Centro de día para personas con discapacidad
Definición
Son centros destinados a la organización de servicios específicos de apoyo preventivo a personas con discapacidad, oferta especializada de recursos y actividades rehabilitadoras.
Beneficiarios
Personas con discapacidad gravemente afectados, con edad comprendida entre 16 y 65 años y residentes en la Comunidad Valenciana.
Ubicación
En centros urbanos, próximos a equipamientos comunitarios y preferentemente unido a una residencia para personas con discapacidad.
Capacidad
A partir de 20 plazas sin exceder de 40.
Prestaciones
Las prestaciones mínimas serán:
- Asistencia integral.
- Tratamiento especializado.
- Promoción de Salud.
- Actividades ocupacionales y rehabilitadoras.
- Actividades culturales y recreativas.
- Actividades de convivencia, cooperación y autoayuda.
- Apoyo psicosocial.
- Orientación familiar.
- Servicio de comedor.
3 comentarios
geles -
Pp -
El artículo que has puesto me ha suscitado una duda: ¿En qué estamos fallando para que algo que debería ser natural com es la igualdad entre hombres y mujeres se tenga que hacer a golpe de Ley? Creo que el fallo está en la educación que recibimos, heredada de nuestros padres y transmitida a nuestros hijos. Te puedo contar un caso muy ilustrativo no ya solo de la discriminación sino de lo que sería el rechazo directamente al sexo femenino. Se trata de una niña de 9 años que lo que más deseaba era jugar al futbol pero como equipos femeninos hay muy pocos se apuntó a uno de niños. El primer año todo fué bien pero el segundo empezaron los padres a crear malestar, achacándole la culpa cuando perdían, por el simple hecho de ser niña. Por lo que su padre decidió que abandonara el equipo antes de acabar la liga. Esto pasó hace unos meses, a finales del 2006, no hace veinte años. Y ojo que hay sentimientos, o lo que sea, que no los cambia una Ley.
marieta -